En horas de despacho del día de hoy, veintiséis (26) de junio de dos mil quince (2015), siendo las 9:00 A.M., oportunidad prevista para celebrar la Audiencia de Mediación en la presente causa conforme lo dispone el artículo 103 de la Ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, el Tribunal deja constancia que no compareció ninguna de las partes a la presente audiencia; razón por la cual, a tenor de lo establecido en el artículo 105 eiusdem, el Tribunal considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO intentado por los ciudadanos EMILIO SEGUNDO SANCHEZ y MARIA TERESA GUTIERREZ ARAQUE, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.298.882 y 4.417.411, respectivamente, contra la ciudadana ZUGHELYS JOSEFINA ALONSO VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.792.880, por motivo del juicio de DESALOJO del inmueble constituido por un apartamento ubicado en la calle 15 entre 4 y 5 de Pueblo Nuevo, Conjunto Parque Residencial .....