En consecuencia, por cuanto se constata que el ciudadano OVIDIO JOSÉ SANCHEZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.923.526 en su carácter de parte demandada en el presente juicio debidamente asistido por el profesional del Derecho LUIS RAFAEL MARTINEZ, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.581 y el ciudadano RENNY JAVIER SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.968.604, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 45.707 actuando en su propio nombre y representación como parte actora, tiene facultad para transigir en la demanda, por tanto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley como complemento de la decisión de fecha 22-01-2013 le.....