MEDIACION POSITIVA. Se levantó acta de instalacion de Audiencia Preliminar. mediante la cual se dejó constancia de la comparecencia de las partes, en virtud que la mediacion fue positiva se homologo el acuerdo celebrado entre las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dandose por concluido el proceso.