Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Pablo Enrique Manzano en su condición de acusado en la causa Nº KP01-P-2008-008647, por la presunta VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES a la Libertad y al Debido Proceso, consagrados en los artículos 26, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por parte del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal en la causa Nº KP01-P-2008-008647 seguida al ciudadano Pablo Enrique Manzano, por cuanto en fecha 18 de Marzo de 2011 declaró sin lugar la revisión y sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al mismo, por considerar que n.....