En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Militar 4to de Juicio con sede en San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de libertad y se acuerda librar la correspondiente orden de aprehensión en contra del ciudadano JOSE GREGORIO USTARIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 22.298.653, domiciliado en la urbanización Carabobo calle principal casa sin número el Vigía Municipio Alberto Adriani Estado Mérida. SEGUNDO: Se difiere la audiencia oral y Pública, fijada para el día de hoy 26 de febrero del año dos mil dieciocho hasta tanto no se realice la aprehensión del acusado y se fije nueva fecha por auto separado. TERCERO: Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de hacer efectiva la captura del mencionado acusado y ser p.....