Con fundamento a todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Parcialmente con lugar la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana Soledad González Campos, en representación de sus hijos, los adolescente (omitido art. 65 LOPNNA) contra el ciudadano José Rafael Álvarez Rodríguez, ya identificado. En consecuencia se condena al demandado al pago de la cantidad de nueve mil ciento ochenta bolívares fuertes con ochenta y seis céntimos (Bs. F. 9.180,86), además de cancelar la cantidad de un mil ciento un bolívares fuertes con setenta céntimos (Bs. F. 1.101,70) de intereses calculados a la rata del doce por ciento anual (12%) conforme lo ordena la norma del artículo 374 eiusdem, dando así la cantidad total que debe pagar el obligado de diez mil doscientos ochenta y dos bolívares fuertes con cincuenta y seis céntimos (Bs. F. 10.28.....