Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMEN LUISA SOTO, venezolana, mayor de edad, de cédula de identidad N° V- 7.311.804, en el sentido de que se incluya el Apellido de la madre "BRITO", siendo sus apellidos "SOTO BRITO".- En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA Y AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1978., folio 216fte del año 1960. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintiseis días del mes de Enero de dos mil cuatro.- Años.....