DECLARO: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Primer Teniente LAURA ISABEL ESCALANTE JAIME y el Teniente RAFAEL ANTONIO ESCALANTE VARELA, en su carácter de Fiscal Militar Trigésimo Quinto de Guasdualito y Fiscal Militar Auxiliar Trigésimo Quinto de Guasdualito respectivamente, fundamentado en los artículos 443, 444 numerales 2 y 5, 445 todos del Código Orgánico Procesal Penal, contra la sentencia dictada por el Consejo de Guerra de San Cristóbal, de fecha 22 de mayo de 2014, que acordó absolver a los imputados YEFERSON VARGAS GUERRERO y CARLOS MARIO OSPINA LARROTA, de la comisión del delito militar de REBELIÓN, previsto en el artículo 476, ordinal 1º en concordada relación con lo previsto en el artículo 486, ordinales 3º y 4º, y sancionado en el artículo 487, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 12 y 157 del Código Orgánico.....