DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Abogado Jerman Escalona, en su condición de Defensor Privado del ciudadano EDILCIO RAFAEL RODRIGUEZ GARCIA, contra de la decisión de fecha 03 de Agosto de 2009 y fundamentada en fecha 14 de Agosto de 2009, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 9 de éste Circuito Judicial Penal, mediante el declara Sin Lugar la nulidad planteada por la defensa toda vez que no se configuro los extremos legales dispuestos en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 09, de este Circuito Judicial Penal.
TERC.....