En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY declara: Con Lugar, la Revisión y Sustitución de la Medida Privativa Preventiva de Libertad por la Medida de Presentación a cada 30 días Y prohibición de Salida del País, de conformidad con lo establecido en el Artículo 242, numerales 3º Y 4º del COPP, en concordancia con el Artículo 250 ejusdem, a los ciudadanos HERMEN ROBERTO SANCHEZ ALBURJAS, C.I Nº 19.348.163, quien se encuentra actualmente en el internado judicial de Barinas, (INJUBA) Y JOSE ANTONIO SANCHEZ ALBURJAS, C.I Nº 19.697.607, quien se encuentra actualmente en el internado judicial de Puente Ayala (EDO. Anzoátegui). Notifíquese a las Partes del presente auto, notificándole que la fecha del juicio oral y público esta fijado para el día 13-11-2013, a las 10:30 a.m. Se Acuerda notificar en la boleta de Libertad de los Acusados, la fecha d.....