DECLARÓ IMPROCEDENTE IN LIMINI LITIS, la Acción de Amparo interpuesta por el ciudadano abogado JOSÉ CAMPOS ALVARADO, en su carácter de apoderado judicial del (GN) HANS JERRY RUBIO MONCADA, titular de la cedula de identidad Nº V-14.546.419, por no existir violación de normas de rango constitucional ni legal, toda vez que el Coronel (GN) ALEJANDRINO VARGAS MALDONADO, solo cumplió con las funciones inherentes al cargo que desempeña, no constituyendo ello violación a derechos constitucionales, quedando resuelta en estos términos la consulta de ley.