UNICO: En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente SOLICITUD DE DE MEDIDA ESPECIAL DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA, formulada por MARIA VIRGINIA LINAREZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-15.229.059, de este domicilio, en representación de la Sociedad Mercantil EMPRESA MIXTA SOCIALISTA PORCINOS DEL ALBA S.A.