CAPITULO I
PARTE NARRATIVA.
En fecha 26 de Abril del año 2024, la Ciudadana: AURA MERCEDES SOLIS FILGUEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad números 14.145.895, respectivamente casada, y con domicilio en Maripa Municipio Sucre del Estado Bolívar, asistida por el profesional del Derecho THAYDE MENDOZA, Defensora Pública Primera Provisoria con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito adscrita a la unidad regional de la defensa pública del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 273378, presento demanda de DIVORCIO, con fundamento a lo dispuesto en el artículo 185-A C.C ,y sentencia N° 446 de fecha 15 de Mayo del 2014, en contra del ciudadano PEDRO RAMON ROMERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 8.895.310, casado y con domicilio en Maripa Municipio Sucre del Estado Bolívar. Anexa copia del acta de matrimonio y copia fotostática de la Cedula de Identidad.
En fecha 02 de M.....