Este Tribunal, admite las pruebas promovidas por la representación judicial de la contribuyente POLICLÍNICA SANTA ANA C.A.; e igualmente respecto a a las pruebas promovidas por la representación del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, este Tribunal considera que el Abogado Eddi González Hernández, suficientemente identificado en los autos, tiene legitimidad suficiente para representar judicialmente a la recurrida; declara sin lugar la oposición formulada y procede a admitir la prueba promovida en el Capítulo I, por la representación del Fisco Municipal, por no encontrarse presentes los supuestos de ilegalidad e impertinencia con el asunto debatido, reservándose su apreciación en la definitiva; declara sin lugar la oposición formulada y, por ende admitir la prueba promovida por la Alcaldía del Municipio Heres del Estado Bolívar en su marcada "B" en el Capítulo II, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, reservándose su valoración en la definitiva; en cuanto a la d.....