´siendo que ésta causa se encuentra sentenciada y concluida, la pretensión incoada de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales no se subsume a la vía incidental, sino más bien a la vía autónoma, por tal razonamiento y en acatamiento al criterio jurisprudencial previamente invocado, este Juzgado declara IMPROCEDENTE lo solicitado. Así se decide.-
Se dictó el presente pronunciamiento el cual quedó registrado con el N° M-14, siendo las 01:55 p.m y quedó registrado en el libro diario manual bajo el asiento N°18.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
El Secretario,
Luis Fernando Ruiz Hernández.
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