Se dictó sentencia declarándose COMPETENTE y ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por los ciudadanos IVÁN FERNANDO MARTÍNEZ SOSA y GUSTAVO JAVIER DE METRIO CRESPO contra el acto administrativo dictado por la Administradora del Mercado Público de contra la Resolución CU Nº 061/16, dictada el dieciséis (16) de diciembre de 2016 por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, mediante la cual resolvió eliminar los cambios de especialidad desde cualquier carrera y núcleo o extensión para la carrera de Medicina, tanto en el Núcleo de Bolívar como en el Núcleo de Anzoátegui, revocar las normas regulatorias de cambios de especialidad para la carrera de Medicina y ordenar la no aceptación ni tramitación de cualquier solicitud de cambio que se haya hecho o pretenda hacerse desde cualquier carrera, Núcleo o extensión hacia la carrera de Medicina en los Núcleos antes citados de la Universidad de Oriente.