DISPOSITIVA
Por las razones narradas con antelación, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, administrando Justicia y por autoridad de la ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y CONSECUENCIALMENTE EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA de conformidad con lo establecido en el articulo 46 en concordada relación con el artículo 49, numeral 7 y 300 todos del Código Orgánico Procesal Penal, seguida al ciudadano SARGENTO SEGUNDO JOSE GREGORIO BONALDE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.475.215, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de la 5109 Compañía de Francotiradores "Cap. Lorenzo Jiménez, Guasipati, Estado Bolívar, autor del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 Ordinal 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. ASÍ SE DECIDE. Publíquese, regístrese, digitalícese, expídase la copia certificada y hágase las participaciones de rigor. HÁGASE CO.....