Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CONCUBINATO y en consecuencia se ordena el archivo del expediente.
Líbrese Boleta de Notificación a la parte actora.