Se declaró CON LUGAR la INHIBICION planteada por la ABG. MARIA ELENA CRUZ FARIA, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, quien fundamentó la presente inhibición en el ordinal 15° artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.