Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD AL IMPUTADO: ALYS CRITOBAL COLON MENDOZA, cédula de identidad: N° V-13.510.32, de 31 años de edad, Venezolano , Soltero , residenciada en Barrio Víctor López Brisas del Turbio, calle 24 de Julio, casa de bloque sin frisar, con puerta de metal y techo de zinc, frente a una piedra de gran tamaño. Barquisimeto, Estado Lara, Y deberán cumplir la medida impuesta en el Centro Penitenciario de de la Región Centro Occidental (URIBANA), por encontrarse llenos lo extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acordó la continuación de la causa por Procedimiento Ordinario. Se li.....