en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de nacimiento presentada en copia certificada a los autos que conforman el presente expediente, y así se decide. En consecuencia, se ordena la rectificación del acta de nacimiento que se detalla a continuación:
Rectificación del Acta de Nacimiento signada con el Nº 2158, de la ciudadana JOSKEILYN PAULINA CHACON DE ANDRADE, de los Libros de Registro Civil de Actas de Nacimiento llevados por el Registradora Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 04 de Noviembre de 2002, ya que en la referida acta se cometió errores materiales involuntarios al momento de asentar el primer error en mencionar fue que es nacida el "OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS", "Siendo lo correcto OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOS" el segundo error fue asentar el nombre de la madre como "KEILA JOSEFINA DE NADRADE MENDEZ", "Siendo lo correcto .....