DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo señalado, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: Sin lugar la demanda de divorcio incoada por el ciudadano Gustavo Rafael Antúnez Gil, en contra de la ciudadana María Josefina Rojas Suárez, ya identificados. Con lugar la reconvención de la ciudadana María Josefina Rojas Suárez contra el ciudadano Gustavo Rafael Antúnez Gil, ya identificados. Por consiguiente, se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha cuatro (04) de mayo de 1996 ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio está asentada en el libro de Registro Civil de Matrimonio bajo el Nº 121. Y así se decide.