Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARÓ LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA de esta alzada, para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de febrero de 2004, por la ciudadana BERTHA MARIELO D´SANTIAGO VERA, asistida por la abogada MARIA ESTHER MORALES SILVA, contra el auto de fecha 29 de enero de 2004, proferido del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por Pensión de Alimentos, seguido por la ciudadana ARGELIA MARGARITA VERA RODRÍGUEZ, actuando en representación de la ciudadana BERTHA MARIELO D´SANTIAGO VERA, contra el ciudadano YBOR ANTONIO D´SANTIAGO. En consecuencia SE DECLINÓ la competencia para conocer del presente asunto, en un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se ordenó notificar a las partes.