Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, "Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano GUILLERMO PEÑA GUERRA, abogado en el ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº. 24.077; en su condición de apoderado judicial del Tercero interesado ciudadano TITO GERARDO HAREWOOD DIAZ en contra del Auto de fecha tres (03) de noviembre de 2016, dictado por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
SEGUNDO: SE ANULA el auto dictado en fecha tres (03) de noviembre de 2016, dictado por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
TERCERO: Se declara LA PERENCI.....