PRIMERO: CON LUGAR, LA CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídicos previsto en el artículo 234 del COPP. SEGUNDO: CON LUGAR la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del COPP. TERCERO: Se decreta CON LUGAR el acto formal de imputación, en contra de los ciudadanos: 1) SARGENTO SEGUNDO DAVID JOSÉ VILLARROEL HERNÁNDEZ, CI N° V- 18.098.173, quien se encuentra presuntamente incurso en los delitos militares de la USURPACIÓN DE FUNCIONES previsto y sancionado en el artículo 507, ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509, ordinal 1°, de los Delitos Contra LAS PERSONAS previsto y sancionado artículo 573 y CONTRA LAS PROPIEDADES EN GRADO DE FUSTRACIÓN, previsto y sancionado en artículo 574 concatenado con el artículo 386, todos los Ut supra artículos del COJM; 2) CDDNO. RAIDYS RAFAEL SALAZAR, CI N° V- 25.278.588, y 3) CDDNO. LEUMAN JOSÉ VILLALOBOS ALARCÓN, CI N° V.....