Este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Wandy José Orellana Díaz, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-12.026.995, con domicilio en la calle 30, entre carreras 17 y 18 de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, asistido por su apoderada judicial, María Emilia Brizuela Riera, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 90.855, con domicilio procesal en la calle 26, entre carreras 16 y 17, Edificio Torre Ejecutiva, Piso 8, Oficina 82 de esta ciudad de Barquisimeto, en contra de la empresa Airhandling, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 41, Tomo 417-A Qto., de fecha 17 de mayo de 2000, representado judi.....