este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la siguiente medida preventiva: PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE BIENES MUEBLES de la parte demandada ciudadano LUIS GERARDO COLMENAREZ COLMENAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedulas de Identidad Nos V- 16.402.851, hasta cubrir la suma de CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE DOLARES AMERICANOS DE LOS ESTADO UNIDOS DE NORTEAMERICA CON SETENTA Y SEIS CENTACOS DE DOLAR ($ 4.729,76), que consiste el capital adeudado, y la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SIETE DOLARES AMERICANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA CON SESENTA Y CINO CENTAVOS DE DOLAR($ 157,65), por concepto de intereses moratorios calculados desde la fecha de vencimiento de la letra de cambio desde 30/06/2024 hasta 28/02/2025, si recae sobre dinero en efectivo;.....