Decisiones del dia 24/09/2014
N° Expediente :
KP02-M-2009-679
N° Sentencia :
Fecha: 24/09/2014
Procedimiento: Cobro De Bolivares
Partes: BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL JC CONSTRUCCIONES C.A., Y CONTRA EL CIUDADANO JUAN CARLOS RODRIGUEZ CAMPO
Resumen:
Del análisis de lo anterior, y tomando en cuenta que la competencia es un requisito indispensable para que el Juez entre a examinar el mérito de la causa, y sus actuaciones deben ser cumplidas dentro de los límites de las atribuciones que acuerdan las leyes, es por lo que a juicio de esta Sentenciadora y en acatamiento a lo establecido en los artículos 42 y 60 del Código de Procedimiento Civil, que las presentes actuaciones deben pasarse al Juez competente con jurisdicción en la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, para que este continúe el conocimiento de la presente causa, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para seguir conociendo el presente juicio en razón del territorio y declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Portuguesa, extensión Guanare. Y una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisi.....
Juez/Ponente:
Marlyn Emilia Rodriguez Perez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-M-2011-362
N° Sentencia :
Fecha: 24/09/2014
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL PROFISA DE VENEZUELA C.A., REPRESENTADA POR EL CIUDADANO FRANCISCO JAVIER BARRIOS
Resumen:
Del análisis de lo anterior, y tomando en cuenta que la competencia es un requisito indispensable para que el Juez entre a examinar el mérito de la causa, y sus actuaciones deben ser cumplidas dentro de los límites de las atribuciones que acuerdan las leyes, es por lo que a juicio de esta Sentenciadora y en acatamiento a lo establecido en los artículos 42 y 60 del Código de Procedimiento Civil, que las presentes actuaciones deben pasarse al Juez competente con jurisdicción en la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, para que este continúe el conocimiento de la presente causa, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para seguir conociendo el presente juicio en razón del territorio y declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Portuguesa, extensión Guanare. Y una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisió.....
Juez/Ponente:
Marlyn Emilia Rodriguez Perez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito