esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Erika Maria Toussaint Morales, quien manifiesta actuar en su condición de defensora de los acusados Pedro Parada, Julio Pastran y Víctor Uranga, a quien se le sigue causa signada con el Nº KP01-P-2011-001370, ante la presunta violación de los derechos al del debido proceso, derecho a la defensa, tutela judicial efectiva y derecho de petición establecidos en los artículos 26, 51 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en virtud de que Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicioo Nº 04, no se ha pronunciado con respecto a la solicitud realizada de revisión de medida cautelar sustitutiva de libertad; de conformidad con lo establecido en el artíc.....