Este Juzgado primero (1º) de Primera instancia de Juicio del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, visto que la presente conciliación cumple con los requisitos establecidos en el artículo 19 y 11 del reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el presente convenio TRANSACCIONAL y se le otorga carácter de cosa Juzgada. Así mismo de conformidad con lo solicitado por los interesados procederá una vez conste el pago realizado se ordenará el cierre, archivo del Expediente. SEGUNDO: Se acuerda y ordena expedir copias certificadas de la presente acta debidamente homologada. TERCERO: Se procede en este acto a efectuar la entrega de los cheques arriba identificados al abogado CRISTHIAM MALLA PINTO, en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con Matrícula Nº 119.202; actuando con el carácter de Apod.....