En mérito de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y previo el cumplimiento de los requisitos legales, que las actuaciones supra descritas resultan suficientes para que esta juzgadora - salvo el mejor derecho del Estado Venezolano y de cualquier otro tercero - DECRETE Justo Titulo Supletorio de Propiedad (AGRARIO) a favor de la ciudadana LISOLET COROMOTO QUERALES SUAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.258.305 y de este domicilio, sobre las bienhechurías por el descritas en su solicitud y fomentadas en una parcela de terreno, propiedad del Instituto Nacional de Tierras, la c.....