Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la demanda de Cobro de Honorarios Profesionales, incoada por el Abogado EDMUNDO JOSÉ RODRÍGUEZ OVALLES, contra los ciudadanos NELSON JOSÉ NAVA MANZANEDA y MERY VELAZCO DE NAVA. plenamente identificados en autos. Se le advierte a las partes que una vez se encuentre definitivamente firme la presente sentencia se fijará la oportunidad para el nombramiento de los jueces retasadores. No hay condenatoria en costas dada la especial naturaleza declarativa del presente fallo. Notifíquese a las partes por mandato expreso del artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese las boletas correspondientes.