Se DECIDE: Primero: Se revoca el auto de fecha 21/10/2010, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Segundo: Se ordena al referido Tribunal que se vuelva a pronunciar correctamente sobre la admisión o no del recurso de apelación ejercido por la abogada Milexa Peraza, identificada en autos a través de diligencia de fecha 15/10/2010. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.