DISPOSITIVO
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA RECONOCIDO EL TESTAMENTO ABIERTO el cual es del tenor siguiente: ...""...Yo, ANA SONIA SANCHEZ AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, hábil, abogada, divorciada, domiciliada en la urbanización Villas del Bosque, Calles 5, No C-4, La Piedad, Cabudare, Estado Lara, con Cédula de Identidad Nro. V-7.339607, por medio del presente documento declaro: Estando en pleno uso de mis facultades mentales y sin ningún impedimento para testar, he dispuesto en otorgar el presente documento contentivo de mis disposiciones de última voluntad y en su defecto por las normas legales que sobre la materia establece el Código Civil de Venezuela y demás Leyes Especiales. PRIMERO: Soy de estado civil Divorciada. SEGUNDO: En retribución a la abnegada y so.....