Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuere declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. SEGUNDO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la Demanda de Retracto Legal incoada por la ciudadana IRLANDA MARCEDES GARCIA MARQUEZ contra los ciudadanos PABLO RODRÍGUEZ SOTO, RAMÓN JOSÉ VIDAL PÉREZ y FADY KAYYAL AZAR y contra el REGISTRO PÚBLICO DEL MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR. TERCERO: En virtud del conflicto negativo de competencia surgido se ordena la remisión del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.