DISPOSITIVA
          Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
        PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación  interpuesto por la  Defensora Pública Octava Abg. MARYOALIZTHG CABAÑA, actuando en tal carácter del ciudadano GILBERTH ALBERTO MENDOZA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-20.470.637, contra la decisión emitida en fecha 06 de Noviembre de 2015 y fundamentada en fecha 11 de Noviembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº07  de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano  GILBERT ALBERTO MENDOZA SANCHEZ, Titular de la cedula de identidad V- Nº 20.470.637, por la presunta comisión del delito de  ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el.....