ACUERDA: PRIMERO: Se le ratifica al penado JORGE EDUARDO GIMENEZ CORREA de todas las condiciones que el tribunal le impuso, indicándole que deberá cumplir con todas las normas del Centro de Residencia Supervisada donde se encuentra como residente so pena de revocatoria del beneficio. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio al Centro de Residencia Supervisada Piedad Leonor Rodríguez del Estado Mérida informándole sobre la presente decisión y solicitarle que en el lapso que considere prudente remita el correspondiente conductual.