Mediante sentencia dictada en el día de hoy, este Juzgado Superior declaró PERIMIDA LA INSTANCIA en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado por la sociedad mercantil C.V.G. ALUMINIO DEL CARONÍ, S.A. (C.V.G. ALCASA), contra la Providencia Administrativa Nº 2008-521 dictada el cuatro (04) de diciembre de 2008, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual se declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano ELVIO ESPAÑA.