A los fines establecidos en el artículo 478 del Código Orgánico Procesal Pena, el penado CARLOS ALBERTO MUÑOZ DEVERA, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.521.668, puede optar por las siguientes Formulas alternativas de cumplimiento de pena, impuesta en los siguientes términos:
CONFINAMIENTO: que representa las tres cuartas ¾ partes de la pena impuesta que es SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES, para la fecha ya vencido con la redención realizada.
DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA REVISADO EL CÓMPUTO y REDIMIDA LA PENA, de conformidad con lo pautado en el artículo 496 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del penado CARLOS ALBERTO MUÑOZ DEVERA, titular.....