-IV-
DISPOSITIVO
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA CUESTION PREVIA OPUESTA REFERENTE A LA INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL POR TERRITORIO, interpuesta por la parte demandada Sociedad Mercantil DAYCO TELECOM, C.A, en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por Sociedad Mercantil SUMINISTROS OBRAS Y SISTEMAS, C.A. representada por la ciudadana TERESA DE JESUS RAMIREZ DE RUIZ, todos antes identificados. En consecuencia se declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que corresponda, por Distribución, y se ordena remitir las actuaciones una vez quede definitivamente firme la presente decisión.
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