Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se declara sin lugar la recusación propuesta por el ciudadano abogado Ciro Segundo Velásquez Naranjo, en su condición de defensor privado, contra la ciudadana abogada María de los Ángeles Rodríguez, Jueza del Tribunal Séptimo de Juicio Accidental con Competencia en Materia de Violencia a la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, para conocer de la causa signada con el alfanumérico IK41-S-2014-000019, seguida en contra del ciudadano Roberto García, por la presunta comisión de alguno de los delitos establecidos en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Segundo: Notifíquese dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al juez recusado y.....