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DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DECLARA la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la MAGALI YSABEL URBINA DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.770.118. SEGUNDO: Se designa como Tutora Provisional de la ciudadana MAGALI YSABEL URBINA DE SANCHEZ, ya identificada, al ciudadano FRANCISCO ANTONIO GUERRERNO URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-7.388.478, quien deberá comparecer por ante este Tribunal el TERCER (3°) día de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, a manifestar su aceptación o excusa, sobre el cargo recaído sobre su persona, y en el primero de los casos a prestar el juramento de Ley. Líbrese boleta de notificación.....