CUARTO: SE DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano 1.-TENIENTE YRVING ELIESER VARGAS RAMIREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V- 19.513.775, Plaza del 509 Batallón de Fuerzas Especiales, "Cnel. Domingo Montes", ubicado en el Fuerte Militar Guaraguao, Gurí, Estado Bolívar, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1°, CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 565, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 402 Ordinales 1º, 6º, y 16º y responsabilidad penal establecida en el artículo 389 ordinal 1º por ser el autor de la ejecución del hecho, todos del Código Orgánico Procesal Penal, y el ciudadano 2.- CABO SEGUNDO. RAINEL JOSÉ VIRGUEZ GOMEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V- 27.010.596, Plaza del 509 Batallón de Fuerzas Especiales, "Cnel. Domingo Montes", .....