Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 25 de noviembre de 2009, donde declaró la Perención de la Instancia.
SEGUNDO: Queda así confirmada la sentencia apelada, dictada por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 25 de noviembre de 2009.
TERCERO: No se ordena la notificación de las partes, por haber salido dentro del lapso establecido por la ley.
CUARTO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala d.....