se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, presentada ante la secretaria de este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 1.713 del Código Civil, en concordancia con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, téngase la forma de auto composición procesal presentada como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.