En fuerza de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los abogados CARLOS MALAVE y DELIA D’ AURIA, con el carácter de apoderados de C.V.G. VENALUM C.A.-