/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena, al penado: OMAR BAUDILIO JIMÉNEZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° 13.678.080, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 22-01-1997, de 31 años edad, residenciado en el Sector Pie de la Loma diagonal al callejón Los Compadres cerca del taller mecánico los Granados en sanare, Estado Lara, quien fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal vigente, por lo que habiendo cumplido la totalidad de la pena corporal que le fuera impuesta, se ORDENA SU LIBERTAD PLENA, solo por el presente asunto, de conformidad con l.....