Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano WILMER RAFAEL GIL JAIME, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.944.752, falleció el día 24/11/2022, en el Centro Clínico Villa Africana de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar a consecuencia de SCHOCK CARDIOGENICO, INFARTO AGUDO DE MIOCARDIO, según acta de defunción Nro. 1229; a la ciudadana ANA TERESA D´AMARIO DE GIL, venez.....