Esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alexander Casamayor Meléndez, actuando en su condición de Defensor Privado del ciudadano José de Jesús Rodríguez, con fundamento en el artículo 2 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra el Tribunal Primero de Juicio de esta Jurisdicción Penal, en el asunto Nº KP01-P-2010-017532; denunciando la violación del derecho a la salud, previsto en el artículo 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 19, 23 y 49 numeral 2 ejusdem; de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por no haber agotado la vía procesal ordinaria. Publíquese, regís.....