Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del Ciudadano Sargento Segundo ARIAS EDUARDO ENRIQUE, titular de la cedula de identidad V-16.442.504, plaza del 621 Batallón de Acondicionamiento de Ingenieros de Túneles de Sección Media "Capitán Juan José Bujanda"; por la presunta comisión de los delitos Militares de DESOBEDIENCIA previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520 y CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado el artículo 551 numeral 2, con las agravantes establecidas en el artículo 402 numerales 1, 2 ,3, 10 y 15, todos Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: ACUERDA EL TRAMITE DE LA PRESENTE CAUSA POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo.....